XXXIV Premio de Poesía Jaime Gil de Biedma

XXXIV Premio de Poesía Jaime Gil de Biedma

(CONVOCATORIA CERRADA)

BASES


1.-
La Diputación Provincial de Segovia convoca la XXXIV edición del premio de poesía en lengua castellana con el nombre de "Jaime Gil de Biedma".

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2.- El premio se convoca en concurrencia competitiva y su régimen jurídico es el de las subvenciones.

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3.- Podrá concurrir a este premio cualquier persona, sea cual fuere su nacionalidad o lugar de residencia. La autoría del poemario que se presente será de una sola persona, que será, en su caso, la única beneficiaria del premio, aunque la solicitud haya sido presentada por otra personas. No son admisibles obras de varios autores.

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4.- La dotación del premio es de 13.000,00 € (trece mil euros).

  • Premio "Jaime Gil de Biedma" dotado con 10.000,00 € (diez mil euros), a cargo de la Diputación Provincial.
  • 1 Accésit de 3.000,00 € (tres mil euros).

La consignación presupuestaria se incluirá en el Presupuesto General de la Diputación de 2024, de tal forma que si dicha condición no se produjese el expediente quedará sin efecto.

La cuantía de los premios se hará efectiva previa deducción, en concepto de retención del I.R.P.F. que legalmente se encuentre vigente en el momento de la entrega del premio.

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5.- El plazo de admisión de trabajos comenzará el día 1 de enero de 2024 y finalizará a las 14:00 horas del 1 de abril de dicho año.

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6.- 1. La solicitud se presentará ante el Registro General de entrada de la Diputación, adjuntando la siguiente documentación:

a) De modo obligatorio:

- El poemario, sin firmar, con extensión mínima de 500 versos o 3 500 palabras.

- La plica, que incluirá nombre y apellidos del autor; NIF, o nº de pasaporte para extranjeros; datos de contacto y comunicación: número(s) de teléfono, dirección de correo postal y, en su caso, correo electrónico; así como un breve currículum relativo a aspectos literarios y / o académicos.

b) Opcionalmente:

- Autorización para ser representado. La solicitud, en la que constan los datos personales, podrá ser presentada por persona diferente a quien alegue la autoría del poemario, en cuyo caso debe acreditar que ha sido autorizada por éste.

2. La presentación de la solicitud para participar y la documentación podrá realizarse:

a) Presencialmente, mediante solicitud escrita. La solicitud incluirá una declaración responsable de que no se encuentra incurso en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas y que el poemario es inédito y no ha obtenido galardones en otros premios. Para facilitarlo puede utilizarse el modelo, según se indica debajo. A la solicitud acompañará dos sobres. El primero de los sobres contendrá el poemario; en su exterior ha de hacerse constar el título de la obra. El otro sobre, que ha de estar cerrado e introducido en el primero, contendrá la plica y, en su caso, la autorización para ser representado; en su exterior constará igualmente, el título de la obra. El acceso presencial ante el Registro General de entrada podrá efectuarse por cualquiera de los medios previstos en la Ley, incluido el correo certificado. Si en uso de este derecho la solicitud se remite por correo postal, la misma deberá presentarse en sobre abierto para que sea fechada y sellada antes de que se proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y el Mercado Postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia. La dirección para envío postal es Diputación de Segovia. Calle San Agustín, 23. CP:40001.- Segovia. ESPAÑA. Ha de ser visible en el sobre la anotación “ PREMIO DE POESÍA JAIME GIL DE BIEDMA” Los trabajos en formato papel no se presentarán encuadernados ni grapados ni unidos por cualquier otro sistema de sujeción, por lo que las hojas que lo conformen estarán numeradas

b) Por medios electrónicos:

- A través de la sede electrónica de la Diputación: https://sede.dipsegovia.es/, rellenando el formulario dentro del trámite: CULTURA. Premio de poesía Gil de Biedma. Quien realice el trámite habrá de identificarse mediante cualquiera de los medios admitidos en la sede electrónica: certificado digital, DNIe o sistemas de claves concertadas con Cl@ve. En el caso de que quien presente la solicitud no ostente la autoría del poemario, tendrá que acreditar representatividad para actuar en su nombre. No obstante ello, y al objeto de asegurar al máximo el anonimato, en la primera parte del procedimiento de registro en la sede electrónica: “identificación”, podrá marcar “Soy interesado”, aun en el supuesto de que el trabajo sea presentado por un representante, para evitar cualquier indicio sobre la autoría. El propio trámite requiere que se adjunte el poemario, lo que se hará en un solo archivo sin firmar, en cuyo nombre aparecerá la palabra “OBRA” junto a su título. La plica se adjuntará en un archivo sin firmar con el nombre “PLICA” más el título del poemario. En su caso, la autorización para ser representado se presentará, en archivo distinto, junto a la plica.

- O bien, y solo para autores de nacionalidad no española, por correo electrónico a la dirección premiogildebiedma@dipsegovia.es. A efectos de plazo, se considerará realizada la presentación en la fecha y hora de recepción del correo electrónico. En el asunto del correo se hará constar el título de la obra. En documentos adjuntos e independientes se presentará la solicitud, el poemario y la plica, así como la autorización a funcionario habilitado para para la realización del trámite. La solicitud será un archivo denominado “SOLICITUD” y deberá adjuntarse firmada. El poemario se adjuntará en un solo archivo sin firmar, en cuyo nombre aparecerá la palabra “OBRA”, junto al título del poemario. La plica se adjuntará igualmente en solo archivo sin firmar con el nombre “PLICA”, junto al título del poemario. En su caso, la autorización para ser representado se presentará en archivo distinto. La autorización a funcionario habilitado para para la realización del trámite es imprescindible para que se registre la solicitud; el archivo se ajustará al modelo que podrá descargarse en la siguiente dirección: https://www.dipsegovia.es/lainstitucion/servicios/secretaria-general/oficina-registro. Este último documento se habrá de cumplimentar incluso con el nombre y apellidos, pero no el DNI, del funcionario o funcionaria a quien se autoriza de los habilitados, cuyos datos figuran publicados en la misma dirección; y deberá estar firmado.

A fin de facilitar la presentación de los documentos requeridos, tanto los modelos de solicitud para la presentación en formato papel, o por correo electrónico como el modelo de autorización para ser representado, así como el modelo de autorización a funcionario habilitado para registrar las solicitudes por correo electrónico aparecen en la página web https://www.dipsegovia.es/lainstitucion/areas/cultura-juventud-y-deportes/cultura/premio-gil-de-biedma-de-poesia. 3. La instrucción de los expedientes corresponde al Servicio de Cultura de la Diputación de Segovia. 4. Con independencia del modo de presentación, los miembros del jurado y el prejurado solo tendrán acceso a las obras, en las que no aparecerá referencia alguna a la autoría, de forma que quedará resguardada la identidad de quienes presenten obras al certamen, con la excepción de quienes finalmente obtengan los galardones y esto solamente en el momento en que ya se haya adoptado formalmente la decisión de cuales sean las obras premiadas. De la custodia de estos datos se responsabiliza el órgano instructor, esto es los funcionarios del Servicio de Cultura de la Diputación. En todo caso, a los solicitantes les asisten todos los derechos que la Ley prevé, cuales son la posibilidad de reparación de su solicitud o la notificación de las resoluciones que les afectan, para poder defender sus intereses, sin que ello afecte al anonimato de sus poemarios para quienes hayan de valorarlo.

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7.- Respecto a los autores que resulten premiados y solo respecto a estos, conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin prejuicio de los derechos reconocidos en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento por parte de la persona interesada para que el órgano instructor del procedimiento pueda recabar de los organismos compentenes la información relativa a:

  • El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • El cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social
  • El cumplimiento de sus obligaciones con la Diputación Provincial de Segovia

En caso de oposición, la persona galardonada podrá denegar o revocar de forma expresa este consentimiento, a través de comunicación escrita a la Diputación Provincial de Segovia, manifestando su voluntad en tal sentido. En ese supuesto, deberá presentar los documentos acreditativos correspondientes, siendo la no aportación de estos, causa de requerimiento, de conformidad con los dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.

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8.- a.- El trabajo será inédito, en tanto poemario bajo el mismo título. Sí es admisible que algunos de los poemas o textos hayan sido previamente publicados en cualquier medio escrito o digital, siempre que no superen el 10% de los versos o palabras del poemario.

b.- El jurado no podrá proponer que se premien trabajos que hayan obtenido premio o accésit en concurso de poesía fallado con anterioridad al del premio convocado en las presentes bases. En el supuesto de que el poemario fuere premiado en la resolución de otra convocatoria después de haber sido presentado a la presente y antes de que sea fallada, el interesado se obliga a comunicarlo al Departamento de Cultura de la Diputación en el menor plazo posible desde el momento que hubiere sido galardonado.

c.- Quedan excluidos de participación aquellos autores que ya hayan obtenido el máximo galardón de este premio en cualquiera de sus ediciones anteriores.

d.- Los ganadores de un accésit en cualquiera de las ediciones anteriores sí podrán ser galardonados con el primer premio.

e.- Los autores que hubieran obtenido algún accésit en las últimas diez ediciones no podrán ser galardonados con un nuevo accésit – aunque sí con el premio principal, según establece el punto anterior-.

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9.- a.- Las obras que obtengan tanto el premio como el accésit, serán publicadas por la Editorial Visor.

b.- Los autores premiados conservarán la propiedad intelectual de sus libros, de modo que la cesión de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública se circunscriben a la publicación señalada en la base anterior y exclusivamente a su primera edición.

c.- Los derechos de explotación correspondientes a la primera edición se entienden compensados con el abono del premio respectivo y la entrega de 100 ejemplares.

     

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    10.- a.- Los poemarios serán valorados por un jurado, presidido por el presidente de la Diputación de Segovia o persona en quien delegue, ejerciendo la secretaría del mismo, con voz y sin voto, un funcionario del Servicio de Cultura de la Diputación. El fallo del jurado servirá de base a la propuesta de concesión de los premios que se eleve al órgano concedente.

    b.- El jurado valorará los poemarios seleccionados por un prejurado, que emitirá informe motivado, suscrito por los coordinadores del premio, con expresión, en su caso, del procedimiento de deliberación o votación.

    c.- Coordinará el jurado don Juan Manuel de Prada Blanco. Dña. María Antonia de Isabel Estrada será coordinadora del prejurado.

    d.- El prejurado estará formado por un máximo de tres vocales y el jurado por un máximo de siete vocales, en ambos casos nombrados por el presidente de la Diputación a propuesta de los coordinadores, entre relevantes personalidades del mundo de la poesía. Los coordinadores serán, además de los vocales que se designen, miembros de ambos órganos.

    e.- Antes de la finalización del plazo de presentación de poemarios, se hará pública la composición del prejurado y del jurado en la página web institucional de la Diputación de Segovia (www.dipsegovia.es) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.

    f.- Las personas interesadas podrán promover la recusación de miembros del Jurado si consideran que en alguno de ellos concurre alguna de las causas previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

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    11.- El fallo del jurado, que se adoptará por mayoría simple de entre sus miembros, tendrá lugar en un período que no excederá en tres meses al de la finalización de la presentación de los trabajos. Jurado, y prejurado gozarán de plena libertad para la selección de las obras premiadas. No se podrá premiar ningún libro que no haya sido previamente seleccionado por el prejurado.

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    12.- La resolución se efectuará por la presidencia de la Diputación con posterioridad al fallo del jurado y en base al mismo, salvo que los ganadores propuestos no pudieren ostentar la condición de beneficiarios de subvención por cualquiera de los supuestos previstos en la Ley. La categoría en que esto ocurriere, podrá ser resuelta como desierta.

    Dado que los autores de los poemarios pueden no aparecer como interesados en el expediente administrativo, la resolución se publicará, además de en el tablón de anuncios y la página web oficial de la Diputación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación, de conformidad con el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

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    13.- Transcurridos tres meses desde que sea firme la resolución del premio, se procederá a la destrucción o eliminación de los poemarios y plicas presentados

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    14.- La presentación de los trabajos al PREMIO INTERNACIONAL DE POESIA "JAIME GIL DE BIEDMA" implica la aceptación de las presentes BASES, conociendo que, sin perjuicio su contenido, será de aplicación lo dispuesto por:  Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.  Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.  Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Segovia y sus entes adscritos de 25 de abril de 2019 (BOP nº 73 de 19 de junio de 2019)

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